Plan de Uso del Suelo (PLUS)
El Plan de Uso del Suelo (PLUS) es un sistema amplio de información sobre la aptitud del uso potencial de la tierra para cada unidad de gestión, el cual toma como base los estudios de la aptitud biofísica de las tierras, las disposiciones legales vigentes tales como la Ley de Manejo de Áreas Protegidas, Ley INRA, Ley General del Medio Ambiente y la Ley General Forestal y políticas específicas que regulan el manejo del PNT.
Con el objeto de mantener toda la información necesaria en forma clara y detallada de cada una de las unidades de gestión para las zonas de cordillera y piedemonte, se crearon las fichas PLUS, las cuales sirven adicionalmente para llegar a un consenso con los interesados principales en lo referente a la asignación de usos para el mejor aprovechamiento de sus tierras.
Se constituye en un instrumento técnico-normativo que establece las reglas de uso e intervención del suelo y las recomendaciones para su manejo. Cada una de las categorías productivas definidas, considerando las competencias jurisdiccionales y sectoriales establecidas por ley, se ajustan a la definición y delimitación de espacios territoriales, asignando usos al suelo de acuerdo a su potencial, aptitud productiva y/o poblacional, condicionantes ecológicos, socioeconómicos y otros, además de las áreas urbanas previamente delimitadas como otra forma de uso del suelo.
La normativa integral sobre el uso de los recursos naturales renovables, expresada en los planes de Uso del Suelo, constituye un elemento fundamental para el aprovechamiento sostenible de los mismos.
La competencia departamental en la administración del respectivo Plan de Usos del Suelo se restringe al área rural, puesto que en el ámbito del área urbana la competencia corresponde a los gobiernos municipales; así mismo, la gestión del Plan de Uso del Suelo Rural se circunscribe a una labor de administración y control en la aplicación de la normatividad, reservándose el Poder Ejecutivo y sus respectivas instituciones sectoriales, las atribuciones y competencias que las leyes les otorgan.
Con el objeto de mantener toda la información necesaria en forma clara y detallada de cada una de las unidades de gestión para las zonas de cordillera y piedemonte, se crearon las fichas PLUS, las cuales sirven adicionalmente para llegar a un consenso con los interesados principales en lo referente a la asignación de usos para el mejor aprovechamiento de sus tierras.
Se constituye en un instrumento técnico-normativo que establece las reglas de uso e intervención del suelo y las recomendaciones para su manejo. Cada una de las categorías productivas definidas, considerando las competencias jurisdiccionales y sectoriales establecidas por ley, se ajustan a la definición y delimitación de espacios territoriales, asignando usos al suelo de acuerdo a su potencial, aptitud productiva y/o poblacional, condicionantes ecológicos, socioeconómicos y otros, además de las áreas urbanas previamente delimitadas como otra forma de uso del suelo.
La normativa integral sobre el uso de los recursos naturales renovables, expresada en los planes de Uso del Suelo, constituye un elemento fundamental para el aprovechamiento sostenible de los mismos.
La competencia departamental en la administración del respectivo Plan de Usos del Suelo se restringe al área rural, puesto que en el ámbito del área urbana la competencia corresponde a los gobiernos municipales; así mismo, la gestión del Plan de Uso del Suelo Rural se circunscribe a una labor de administración y control en la aplicación de la normatividad, reservándose el Poder Ejecutivo y sus respectivas instituciones sectoriales, las atribuciones y competencias que las leyes les otorgan.